Términos y Condiciones de Uso — Avero
Versión: 1.1
Fecha de vigencia: 3 de noviembre de 2026
Última actualización: 3 de noviembre de 2026
Proveedor de la herramienta: GAERTEC, SRL · RNC 133600161 · Santo Domingo, República Dominicana
Estos Términos y Condiciones (los "Términos") regulan el acceso a Avero y su uso. Avero es la herramienta tecnológica de facturación electrónica operada por GAERTEC, SRL ("GAERTEC", "nosotros"). Forman un contrato entre GAERTEC y la persona física o jurídica que crea una Cuenta o usa el Servicio (el "Cliente"). Lea con especial atención el Artículo 5, que define qué es y qué no es Avero, el Artículo 7, sobre los certificados digitales, y el Artículo 16, sobre la limitación de responsabilidad.
Artículo 1 — Identificación de las partes y naturaleza de GAERTEC
1.1. GAERTEC.
GAERTEC, SRL, sociedad constituida en la República Dominicana, con RNC 133600161, con sede en Santo Domingo. Contacto: [email protected] · +1 849 806 5752.
1.2. El Cliente es el emisor.
El Cliente (o cada Contribuyente que administra) es el emisor de sus Comprobantes Fiscales Electrónicos. Es él quien se certifica como emisor electrónico ante la DGII y quien responde ante ella por sus obligaciones fiscales.
1.3. GAERTEC no es Proveedor de Servicios de Facturación Electrónica.
GAERTEC no es un Proveedor de Servicios de Facturación Electrónica autorizado por la DGII ni actúa como tal. GAERTEC es únicamente el proveedor de la herramienta tecnológica (software como servicio) que el Cliente usa para generar, firmar, transmitir, recibir y resguardar sus propios comprobantes. Nada en estos Términos, en el sitio web ni en el portal debe interpretarse como una autorización, certificación o aval de la DGII a GAERTEC.
1.4. Quién acepta.
La persona que acepta estos Términos en nombre de una empresa declara que tiene facultades para obligarla. Si no las tiene, la aceptación la obliga a título personal.
Artículo 2 — Definiciones
- Avero / el Servicio: la plataforma de GAERTEC que permite emitir, recibir, transmitir y resguardar e-CF, con su API, su portal web, la página de carga de certificados y la documentación.
- DGII: la Dirección General de Impuestos Internos de la República Dominicana.
- Cuenta: la relación de acceso y contratación con Avero. La Cuenta posee las credenciales (claves de API y accesos al portal), es la unidad de facturación y administra uno o más Contribuyentes.
- Usuario: cada persona autorizada por el Cliente para acceder al portal o usar las credenciales de la Cuenta.
- Contribuyente: la persona física o jurídica, identificada por su RNC o cédula, en cuyo nombre se emiten o reciben e-CF. Le pertenecen su certificado digital, sus emisiones y su buzón de recepción.
- Listado de la DGII: según el Artículo 13.10.1.
- Estado del RNC: según el Artículo 13.10.1.
- e-CF (Comprobante Fiscal Electrónico): el documento tributario electrónico, firmado digitalmente y transmitido a la DGII conforme a la normativa dominicana de facturación electrónica.
- Certificado digital: el certificado de firma digital para procedimiento tributario, emitido por una entidad de certificación a nombre de una persona física, con el que se firman los e-CF y los acuses del Contribuyente.
- Titular: la persona a cuyo nombre se emitió el Certificado digital.
- Llave privada: el componente secreto del Certificado digital con el que se generan las firmas.
- Integrador (ISV): según el Artículo 7.8.1.
- Cliente Final: cada Contribuyente que emite e-CF a través del software de un Integrador.
- Datos del Cliente: los datos, comprobantes y contenidos que el Cliente, sus Usuarios o sus Clientes Finales envían a Avero o generan con él.
- Plan: la modalidad contratada (Dev, Starter, Platform o Escala), con las condiciones publicadas en la página de precios vigente o pactadas por escrito.
- Ambientes: los entornos definidos por la DGII: TesteCF (pruebas), CerteCF (certificación del Contribuyente como emisor electrónico) y eCF (producción, con validez fiscal).
Artículo 3 — Aceptación electrónica y versiones
3.1. Contrato electrónico.
Estos Términos se celebran por medios electrónicos y tienen la misma validez que un contrato firmado en papel, conforme a la Ley núm. 126-02 sobre comercio electrónico, documentos y firmas digitales.
3.2. Forma de aceptación.
El Cliente acepta estos Términos y declara haber leído la Política de Privacidad al marcar la casilla de aceptación y pulsar el botón de registro o de continuar en el portal. La casilla nunca aparece marcada por defecto. Sin aceptación no se puede crear la Cuenta ni usar el Servicio.
3.3. Constancia.
GAERTEC conserva un registro de cada aceptación, con el Usuario, su correo electrónico al momento de aceptar y la Cuenta que aceptaron, la versión aceptada de los Términos y de la Política de Privacidad, y la fecha y hora. Ese registro no se elimina al cerrar la Cuenta: se conserva hasta diez (10) años después del cierre, como prueba de la relación contractual. El Cliente reconoce ese registro como prueba de la aceptación, sin perjuicio de que pueda presentar prueba en contrario. El Cliente puede consultar en el portal la versión que aceptó, o pedirla a [email protected].
3.4. Versiones nuevas.
Cuando entre en vigor una versión nueva conforme al Artículo 19, el portal pedirá al Usuario administrador que la acepte en su siguiente inicio de sesión. Si no se acepta, se aplica lo previsto en el Artículo 19.3.
3.5. Versión que rige.
Rige la versión vigente publicada, con su número y su fecha de vigencia. Las versiones anteriores quedan archivadas y disponibles a solicitud.
Artículo 4 — Objeto y licencia de uso
4.1. Licencia.
GAERTEC concede al Cliente una licencia limitada, no exclusiva, intransferible y revocable para acceder a Avero y usarlo durante la vigencia del contrato, con la única finalidad de gestionar la facturación electrónica de sus Contribuyentes o, si es Integrador, la de sus Clientes Finales conforme al Artículo 7.8.
4.2. Credenciales.
El acceso se hace con las credenciales asignadas a la Cuenta. El Cliente debe custodiarlas, limitarlas a Usuarios autorizados y avisar de inmediato a GAERTEC si sospecha que han sido comprometidas. Responde de las operaciones realizadas con ellas, salvo que se deban a una falla de seguridad imputable a GAERTEC.
4.3. Restricciones.
El Cliente no podrá: (a) ceder, sublicenciar, revender o poner el Servicio a disposición de terceros, salvo a sus Contribuyentes o, como Integrador, a sus Clientes Finales conforme al Artículo 7.8, o con autorización escrita de GAERTEC; (b) intentar acceder a datos de otras Cuentas o Contribuyentes; (c) hacer ingeniería inversa, copiar o alterar el Servicio, salvo en lo que la ley permita de forma imperativa; ni (d) usar el Servicio con fines ilícitos o fuera del marco de la normativa de facturación electrónica.
Artículo 5 — Naturaleza del Servicio y responsabilidad fiscal del Cliente
5.1. Herramienta tecnológica.
GAERTEC facilita la generación, la firma, la transmisión, la recepción y el resguardo de e-CF. Avero no es un asesor fiscal, contable ni legal, ni sustituye a la DGII, a un contador o a un representante autorizado.
5.2. Transmisión de la información tal como se recibe.
El Servicio no determina, calcula, corrige ni valida la coherencia contable o tributaria de los datos de cada comprobante: montos, impuestos (incluido el ITBIS), tasas, retenciones, descuentos o totales. Esos valores los suministra el Cliente y se transmiten tal cual. Avero valida únicamente los aspectos técnicos que exige la DGII (estructura, formato y firma), no la veracidad ni la exactitud del contenido.
5.3. Responsabilidad exclusiva del Cliente sobre el contenido.
El Cliente responde de la exactitud, la veracidad, la legalidad y la correcta clasificación fiscal de cada e-CF, y de conservar sus soportes. Cualquier error, omisión o contingencia tributaria derivada del contenido de un comprobante es responsabilidad exclusiva del Cliente.
5.4. Certificación del Cliente ante la DGII.
El Cliente es responsable de obtener y mantener su certificación como emisor electrónico, sus secuencias de e-NCF, su representante registrado y las demás autorizaciones que exija la DGII. GAERTEC puede orientar sobre los aspectos técnicos de la integración, pero no tramita ni garantiza esa certificación.
5.5. Validez fiscal.
GAERTEC no garantiza la aceptación, la aprobación ni el tratamiento que la DGII o un receptor den a un comprobante. Los tiempos de respuesta, las reglas de validación y la disponibilidad de los servicios de la DGII están fuera del control de GAERTEC (Artículo 18).
5.6. No es un sistema contable.
Avero no lleva contabilidad, no concilia estados financieros ni reemplaza los sistemas administrativos del Cliente. Su función se limita al ciclo del comprobante fiscal electrónico.
Artículo 6 — Obligaciones de las partes
6.1. Obligaciones del Cliente.
- a) Suministrar información veraz, completa y actualizada de la Cuenta y de cada Contribuyente.
- b) Contar con las autorizaciones vigentes ante la DGII (Artículo 5.4).
- c) Asegurarse de que el Titular de cada certificado cargue el certificado personalmente, conforme al Artículo 7.
- d) Tener la base legal para tratar y transmitir los datos personales que incluye en los comprobantes (Artículo 11).
- e) Pagar puntualmente el Plan contratado.
- f) Usar el Servicio conforme al Artículo 10.
- g) Mantener actualizado el correo electrónico de la Cuenta, al que se envían las notificaciones (Artículo 20).
6.2. Obligaciones de GAERTEC.
- a) Prestar el Servicio con la diligencia razonable descrita en estos Términos.
- b) Transmitir a la DGII y a los receptores correspondientes los comprobantes que genera el Cliente, según las especificaciones técnicas vigentes, salvo lo previsto en los Artículos 9.6 y 13.10.
- c) Custodiar las llaves de firma conforme al Artículo 7.
- d) Resguardar los comprobantes conforme al Artículo 8.
- e) Aplicar medidas de seguridad técnicas y organizativas razonables, descritas en la Política de Seguridad de la Información.
- f) Brindar soporte por los canales publicados, con los tiempos de respuesta objetivo del Plan.
- g) Tratar los datos personales conforme al Artículo 11.
Artículo 7 — Certificados digitales y firma de los e-CF
7.1. Titularidad.
El certificado digital para procedimiento tributario y su llave privada pertenecen en todo momento al Cliente, o al titular a cuyo nombre fue emitido. GAERTEC no adquiere ningún derecho sobre ellos. El Cliente es el emisor de sus comprobantes fiscales electrónicos y es responsable de su certificación ante la DGII. GAERTEC actúa únicamente como proveedor de la herramienta tecnológica.
7.2. Carga.
El titular carga su certificado desde su propio navegador, mediante un enlace de un solo uso y de vigencia limitada. Allí abre el archivo con su contraseña. La contraseña no se transmite a GAERTEC, ni se almacena ni se registra. La llave privada se cifra en el navegador antes de enviarse, de modo que GAERTEC no recibe ni conserva el archivo del certificado ni la llave privada en forma legible. La carga solo se activa cuando el titular la confirma desde el correo electrónico asociado a su certificado.
7.3. Custodia.
La llave privada se importa a un módulo de seguridad de hardware (HSM) del servicio de gestión de llaves Google Cloud Key Management Service (KMS), ubicado en los Estados Unidos, que no permite exportarla. GAERTEC solo conserva una referencia a la llave y el certificado público. Ni GAERTEC ni sus sistemas pueden leer, copiar ni extraer la llave privada. Sus sistemas únicamente pueden solicitar firmas con ella, y lo hacen a través de identidades de servicio con permisos limitados.
7.4. Uso.
La llave se usa exclusivamente para firmar los e-CF que el Cliente envía a Avero a través de su integración, y para las pruebas de validación que se hacen al cargarla. GAERTEC no la usará para ningún otro fin.
7.5. Sin devolución.
Como GAERTEC nunca tiene el archivo del certificado ni la llave privada en forma legible, no hay nada que devolver. El titular conserva su archivo original.
7.6. Terminación.
Tras la solicitud de cancelación de la cuenta, GAERTEC destruirá la llave privada en el servicio de gestión de llaves y eliminará la referencia a la llave y el certificado público, en un plazo máximo de treinta (30) días desde la solicitud. Una vez destruida, la llave no puede recuperarse, y GAERTEC ya no podrá firmar comprobantes con ella. Esto no afecta la conservación de los e-CF ya emitidos, que se rige por el Artículo 8.
7.7. Vigencia del certificado.
El titular es el único responsable de mantener su certificado vigente, de renovarlo y de cargar uno nuevo cuando venza o sea revocado. GAERTEC envía avisos de cortesía al titular antes del vencimiento del certificado, pero esos avisos no trasladan a GAERTEC esa responsabilidad, y que un aviso no se envíe o no se reciba no exime al titular de ella. GAERTEC no responde por los comprobantes firmados o rechazados por un certificado vencido o revocado. Si el certificado es revocado o el titular sospecha que ha sido comprometido, el Cliente debe avisar de inmediato a GAERTEC, que deshabilitará la llave correspondiente.
7.8. Integradores (ISV).
7.8.1. Definición.
Se considera "Integrador" al Cliente que incorpora Avero en su propio software para emitir e-CF en nombre de terceros (los "Clientes Finales"). Cada Cliente Final es el emisor de sus comprobantes y el titular de su certificado.
7.8.2. Prohibición de recibir certificados.
El Integrador no debe solicitar, recibir, almacenar ni transmitir el archivo del certificado, la llave privada ni la contraseña de ningún Cliente Final, ni pedirle que se los entregue. La carga se hace únicamente por el flujo de carga de Avero, y la realiza el propio titular.
7.8.3. Enlaces de carga.
Los enlaces de carga son confidenciales y de un solo uso. El Integrador debe entregarlos solo al titular del certificado o a una persona que este haya autorizado expresamente, y responde por su uso indebido o por entregarlos a personas no autorizadas.
7.8.4. Instrucciones de firma.
Todo e-CF que se envíe con las credenciales del Integrador se considera una instrucción válida del Cliente Final correspondiente. El Integrador es responsable de tener la autorización del Cliente Final para emitir en su nombre, de la veracidad de los datos que envía y de proteger sus credenciales de acceso a Avero. GAERTEC no responde por los comprobantes enviados con esas credenciales.
7.8.5. Relación con los Clientes Finales.
El Integrador debe informar a sus Clientes Finales que usa Avero para la emisión y la firma, y obtener su aceptación del tratamiento de sus datos y de su certificado según estos Términos y la Política de Privacidad. GAERTEC no tiene relación contractual con los Clientes Finales, salvo para la confirmación de la carga del certificado y lo que exija la ley. Frente a ellos, el Integrador sigue siendo responsable de su servicio.
7.8.6. Datos personales.
Respecto de los datos de los Clientes Finales y de sus compradores, el Integrador actúa como responsable o como encargado, según su relación con el Cliente Final, y GAERTEC actúa como encargado o subencargado. Los detalles se rigen por el Acuerdo de Tratamiento de Datos.
7.8.7. Incumplimiento.
Si el Integrador incumple este Artículo 7.8, GAERTEC podrá suspender de inmediato su acceso y deshabilitar las cargas afectadas, y el incumplimiento se considerará grave a efectos de la terminación (Artículo 13).
Artículo 8 — Resguardo de comprobantes y exportación
8.1. Plazos según el Plan.
GAERTEC conserva los e-CF emitidos y recibidos a través de Avero, con su información asociada (incluidos los acuses y los registros de auditoría), durante el plazo que corresponda al Plan de la Cuenta en el momento de su emisión o recepción:
- a) Planes pagos (Starter, Platform y Escala): diez (10) años desde su resguardo, en línea con el plazo de conservación que prevé el Código Tributario (Ley núm. 11-92).
- b) Plan Dev (gratuito): doce (12) meses desde su resguardo.
8.2. Cambios de Plan.
Si la Cuenta pasa del plan Dev a un plan pago, los comprobantes resguardados durante el plan Dev pasan a conservarse diez (10) años desde su resguardo. Si la Cuenta vuelve al plan Dev, los comprobantes ya resguardados mantienen su plazo y los nuevos se conservan doce (12) meses.
8.3. Inmutabilidad.
El resguardo es inmutable: los comprobantes no pueden alterarse ni borrarse durante su plazo de conservación. Vencido ese plazo, GAERTEC podrá eliminarlos sin aviso adicional.
8.4. Obligación propia del Cliente.
El resguardo de GAERTEC es un servicio de apoyo y no exime al Cliente de sus propias obligaciones legales de conservación y disponibilidad de sus comprobantes. En el plan Dev, el Cliente debe conservar por su cuenta una copia de sus comprobantes durante el plazo legal.
8.5. Exportación.
El Cliente puede exportar en cualquier momento, desde el portal, sus comprobantes resguardados: los XML firmados y un manifiesto con su estado.
8.6. Resguardo tras la terminación.
Terminado el contrato, GAERTEC mantiene el resguardo hasta que venza el plazo de cada comprobante según el Artículo 8.1. Pasados los treinta (30) días de salida del Artículo 13.7, el Cliente puede pedir copias de sus comprobantes resguardados escribiendo a [email protected]. Esas copias son gratuitas y pueden pedirse durante todo el plazo de conservación que corresponda a su Plan.
Artículo 9 — Planes, precios, facturación y pagos
9.1. Planes.
Las características de cada Plan (RNC activos incluidos, cupo de e-CF, precio por excedente, RNC adicionales, porcentaje de traslado de documentos no consumidos al mes siguiente, tope de cobro, plazo de resguardo y tiempos de respuesta de soporte) son las publicadas en la página de precios vigente al contratar, o las pactadas por escrito para el plan Escala. A la fecha de esta versión:
- a) Dev: gratuito, sin tarjeta, 1 RNC activo, pruebas ilimitadas en TesteCF y hasta 30 e-CF al mes en producción. Al llegar a 30, la emisión se pausa hasta el mes siguiente. Resguardo de 12 meses.
- b) Starter, Platform y Escala: planes pagos, con resguardo de 10 años. En estos planes no se bloquea la emisión al superar el cupo: el excedente se cobra y se notifica al Cliente. Un RNC sin emisiones en el mes no se cobra.
9.2. Moneda e impuestos.
Los precios se expresan en dólares de los Estados Unidos (USD) y no incluyen el ITBIS ni otros impuestos aplicables, que se añadirán a la factura cuando correspondan. Las facturas pueden pagarse en pesos dominicanos (DOP), convertidos a la tasa de venta publicada por el Banco Central de la República Dominicana el día de emisión de la factura.
9.3. Periodicidad y vencimiento.
La facturación es mensual o anual, según el Plan elegido. Los excedentes y los RNC adicionales se facturan mensualmente, por el mes en que se generan, también en el plan anual. El pago vence a los quince (15) días de la fecha de la factura y se realiza por transferencia bancaria a la cuenta que GAERTEC indique en la factura. GAERTEC podrá habilitar otros medios de pago, y lo informará al Cliente.
9.4. Plan anual.
El plan anual incluye dos (2) meses sin costo respecto del precio mensual y se factura por adelantado.
9.5. Reembolsos.
Los importes pagados no son reembolsables, salvo que GAERTEC lo acuerde por escrito con el Cliente o que la ley lo exija. Esto incluye los períodos mensuales o anuales no utilizados cuando el Cliente termina el contrato.
9.6. Suspensión por falta de pago.
La factura vence a los quince (15) días de su emisión (Artículo 9.3). Vencido ese plazo, GAERTEC concede diez (10) días de gracia adicionales para regularizar el pago. Si pasados veinticinco (25) días desde la emisión de la factura (15 de vencimiento más 10 de gracia), es decir, a partir del día veintiséis (26), no se ha recibido el pago, GAERTEC podrá suspender la emisión de comprobantes del Cliente, previa notificación.
9.7. Efectos de la suspensión.
La suspensión por falta de pago no libera al Cliente de sus obligaciones fiscales frente a la DGII ni de los importes adeudados. Durante la suspensión se mantienen el resguardo del Artículo 8 y la posibilidad de exportar. La emisión se reactiva al regularizarse el pago.
9.8. Cambios de precio.
GAERTEC podrá actualizar los precios notificando al Cliente con al menos treinta (30) días de antelación por los medios del Artículo 20. Los nuevos precios se aplican desde el siguiente período de facturación posterior a ese plazo. Si el Cliente no está de acuerdo, puede terminar el contrato antes de que entren en vigor, sin penalidad. En el plan anual, el precio se mantiene hasta el final del período ya pagado.
Artículo 10 — Uso aceptable y API
10.1. El Cliente se compromete a no:
- a) emitir comprobantes falsos, simulados o por operaciones inexistentes, ni usar el Servicio para defraudar al fisco o a terceros;
- b) emitir en nombre de un Contribuyente sin su autorización;
- c) eludir los límites de uso, de frecuencia o de seguridad del Servicio, ni hacer pruebas de carga o de seguridad sin autorización escrita de GAERTEC;
- d) introducir código malicioso o interferir en el funcionamiento del Servicio o de otros clientes;
- e) compartir sus claves de API fuera de sus sistemas, o incluirlas en código público o en aplicaciones del lado del cliente;
- f) usar el Ambiente de producción para hacer pruebas.
10.2. Límites técnicos.
GAERTEC puede aplicar límites de frecuencia y de volumen para proteger la estabilidad del Servicio. Los límites vigentes se informan en la documentación de la API o, a solicitud del Cliente, por los canales de soporte.
10.3. Cambios en la API.
GAERTEC puede mejorar o modificar la API. Los cambios que rompan la compatibilidad se anunciarán con al menos treinta (30) días de antelación, salvo que los imponga la DGII con un plazo menor o que sean necesarios por seguridad.
Artículo 11 — Datos personales
11.1. Política de Privacidad.
GAERTEC trata los datos personales conforme a la Ley núm. 172-13 sobre protección de datos personales y a su Política de Privacidad, que forma parte de estos Términos.
11.2. Roles.
GAERTEC es responsable de los datos de la Cuenta y de sus Usuarios. Respecto de los datos de los compradores y receptores que figuran en los e-CF, y de los datos de los Clientes Finales de un Integrador, el Cliente es el responsable, y GAERTEC actúa como encargado o subencargado, siguiendo las instrucciones del Cliente.
11.3. Acuerdo de Tratamiento de Datos.
El tratamiento por cuenta del Cliente se rige por el Acuerdo de Tratamiento de Datos, que se incorpora a estos Términos como Anexo A y que el Cliente acepta junto con ellos. Ese Acuerdo regula, entre otros puntos, las instrucciones, la confidencialidad, los subencargados, la asistencia para atender derechos, el aviso de incidentes en 72 horas y la devolución o supresión de los datos al terminar el contrato.
11.4. Garantía del Cliente.
El Cliente garantiza que tiene la base legal para tratar los datos personales que incluye en los comprobantes y para comunicarlos a GAERTEC y a la DGII.
11.5. Transferencias internacionales.
El Cliente queda informado, y lo acepta, de que los datos se alojan en servidores ubicados en los Estados Unidos y en la red global de Cloudflare, y en servidores de otros proveedores ubicados fuera de la República Dominicana, según el detalle de la Política de Privacidad y del Anexo A.
Artículo 12 — Disponibilidad, soporte y contingencia
12.1. Objetivo, no garantía.
GAERTEC procura que el Servicio esté disponible de forma continua, pero no garantiza que esté libre de interrupciones o errores. Puede haber mantenimientos programados, que se anunciarán con antelación razonable cuando sea posible.
12.2. Objetivos de recuperación.
Ante una interrupción mayor, GAERTEC tiene como objetivo restablecer el Servicio en cuatro (4) horas (RTO) y limitar la pérdida de datos a un máximo de veinticuatro (24) horas (RPO), conforme a su Política de Contingencia. Estos valores son objetivos de gestión y no compromisos contractuales, y su incumplimiento no genera créditos ni indemnizaciones, salvo lo dispuesto en el Artículo 12.4.
12.3. Soporte.
Los canales y los tiempos de respuesta de soporte de cada Plan son los publicados en la página de precios. Son objetivos de primera respuesta, no plazos de resolución.
12.4. SLA del plan Escala.
El plan Escala puede incluir un acuerdo de nivel de servicio con créditos, que se rige por el Anexo B (Acuerdo de Nivel de Servicio del plan Escala) y por las condiciones particulares que se firmen con cada Cliente. Los créditos del SLA son la única compensación por incumplir los niveles de servicio, salvo en caso de dolo o culpa grave. Los demás Planes no incluyen SLA.
12.5. Plan Dev.
El plan Dev se ofrece sin SLA y sin compromisos de disponibilidad.
Artículo 13 — Suspensión y terminación
13.1. Vigencia.
Estos Términos rigen desde su aceptación y mientras el Cliente use el Servicio o mantenga un contrato vigente.
13.2. Terminación ordinaria.
El Cliente puede terminar en cualquier momento desde el portal o por escrito a [email protected]. La terminación surte efecto al final del período pagado, sin reembolso (Artículo 9.5). GAERTEC puede terminar sin causa notificándolo con al menos treinta (30) días de antelación.
13.3. Incumplimiento grave.
Se considera incumplimiento grave, entre otros:
- a) usar el Servicio para emitir comprobantes falsos o simulados, o con fines de fraude o evasión, u otros fines ilícitos;
- b) emitir en nombre de un Contribuyente sin su autorización;
- c) el incumplimiento del Artículo 7.8 por un Integrador;
- d) intentar acceder a datos de otras Cuentas, vulnerar o eludir la seguridad del Servicio, o introducir código malicioso;
- e) suministrar información falsa sobre la identidad de la Cuenta o de los Contribuyentes;
- f) revender o sublicenciar el Servicio en contra del Artículo 4.3;
- g) la falta de pago en los términos del Artículo 9.6;
- h) cualquier otro incumplimiento sustancial de estos Términos que no se corrija dentro del plazo del Artículo 13.4.
13.4. Plazo para corregir.
Salvo en los casos de urgencia del Artículo 13.5, antes de suspender o terminar por incumplimiento GAERTEC notificará al Cliente el incumplimiento, y el Cliente tendrá diez (10) días calendario para corregirlo. Si no lo corrige, GAERTEC podrá suspender el Servicio o terminar el contrato. La falta de pago se rige por su propio procedimiento (Artículo 9.6).
13.5. Suspensión inmediata por urgencia.
GAERTEC podrá suspender de inmediato, total o parcialmente, el acceso o la firma, y notificarlo tan pronto como sea posible, cuando: (a) exista un riesgo de seguridad para el Servicio, para otros clientes o para un certificado; (b) haya indicios razonables de fraude o de uso ilícito; (c) lo ordene una autoridad competente; o (d) se trate de los incumplimientos de los literales a), b), c) o d) del Artículo 13.3. La suspensión durará lo necesario para atender la causa.
13.6. Terminación por el Cliente ante incumplimiento de GAERTEC.
Si GAERTEC incurre en un incumplimiento sustancial y no lo corrige en diez (10) días desde que el Cliente se lo notifique, el Cliente podrá terminar el contrato de inmediato, sin penalidad y sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 16.
13.7. Procedimiento de salida.
A la terminación, el Cliente puede exportar sus comprobantes resguardados en un formato de uso común (XML firmados y manifiesto) durante los treinta (30) días siguientes. Las llaves de firma se destruyen conforme al Artículo 7.6. Los demás datos se conservan y eliminan según la Política de Privacidad, y los comprobantes, según el Artículo 8.6.
13.8. Importes devengados.
La terminación no exime al Cliente del pago de los importes devengados hasta esa fecha.
13.9. Supervivencia.
Siguen vigentes después de la terminación los Artículos 7.6, 8, 11, 13.7, 13.8, 14, 15, 16, 17, 21 y 22, y el Anexo A.
13.10. Suspensión de la emisión por el estado del RNC.
13.10.1. Fuente de información.
GAERTEC consulta el listado de contribuyentes que la DGII publica para descarga (el "Listado de la DGII") y lo carga en Avero periódicamente, sin una frecuencia fija ni garantizada. Avero toma de ese listado el estado de cada RNC o cédula ("Estado del RNC").
13.10.2. Registro de Contribuyentes.
GAERTEC puede rechazar el registro de un Contribuyente cuyo RNC o cédula no figure en el último Listado de la DGII cargado en Avero, o figure con un Estado del RNC distinto de "ACTIVO". El Cliente puede pedir a [email protected] que se revise el caso de un Contribuyente inscrito hace poco que todavía no figura en el listado.
13.10.3. Suspensión de emisiones nuevas.
Si el Listado de la DGII cargado en Avero muestra un Contribuyente ya registrado con un Estado del RNC distinto de "ACTIVO", GAERTEC puede suspender la emisión de comprobantes nuevos de ese Contribuyente (facturas, notas de crédito, notas de débito y demás tipos de e-CF). El Contribuyente no se elimina ni se desactiva en la Cuenta. Esta suspensión no es una suspensión por incumplimiento, por lo que no requiere el plazo para corregir del Artículo 13.4. Mientras dure, no se aplica a los comprobantes suspendidos la obligación de transmitir del Artículo 6.2 b).
13.10.4. Lo que no se suspende.
Durante la suspensión:
- a) GAERTEC sigue consultando a la DGII el estado de los comprobantes que ya estaban enviados y pendientes de respuesta, hasta obtener la respuesta final;
- b) el Cliente puede enviar los comprobantes generados en contingencia antes de la suspensión, y los comprobantes electrónicos que reemplazan comprobantes no electrónicos emitidos en contingencia antes de la suspensión, dentro de los plazos que fija la normativa de facturación electrónica (Artículo 18.3);
- c) se mantienen el resguardo del Artículo 8, con sus plazos, y la consulta y la exportación desde el portal (Artículo 8.5). La suspensión no adelanta la eliminación de ningún comprobante.
13.10.5. Aviso.
GAERTEC avisará la suspensión por los medios del Artículo 20, indicando el Contribuyente afectado y el Estado del RNC que muestra el Listado de la DGII. Si la Cuenta es de un Integrador, este debe informarlo a su Cliente Final (Artículo 7.8.5).
13.10.6. Reactivación.
Cuando un Listado de la DGII cargado después muestre el RNC en estado "ACTIVO", GAERTEC lo verificará y reactivará la emisión. El Cliente también puede pedir la reactivación o la revisión de la suspensión escribiendo a [email protected], con la constancia del estado de su RNC en la consulta pública de la DGII. En ese caso, GAERTEC verificará el estado en la consulta individual de RNC de la DGII y, si figura "ACTIVO", podrá reactivar la emisión sin esperar a que se cargue un nuevo Listado de la DGII. GAERTEC lleva un registro de cada suspensión y reactivación, con su fecha y hora y el Estado del RNC en que se basó.
13.10.7. Naturaleza de la medida.
La suspensión es una medida propia de GAERTEC, tomada sobre la base de la información pública de la DGII. No es una decisión, una sanción ni una instrucción de la DGII, ni sustituye lo que la DGII resuelva sobre cada comprobante (Artículo 5.5). El Cliente sigue siendo el único responsable de regularizar el estado de su RNC ante la DGII y de cumplir sus obligaciones fiscales mientras dure la suspensión (Artículo 5.4).
13.10.8. Exactitud del listado.
GAERTEC no garantiza la exactitud, la integridad ni la actualización del Listado de la DGII, ni el momento en que un cambio de estado se refleja en Avero, y no responde por los daños que se deriven de un error, una omisión o un retraso de ese listado, ni de una suspensión hecha conforme a este Artículo 13.10, salvo en caso de dolo o culpa grave (Artículo 16.3).
13.10.9. Sin reembolso ni créditos.
La suspensión de este Artículo 13.10 no da derecho a reembolsos (Artículo 9.5), descuentos ni créditos, incluidos los créditos del Anexo B, y no libera al Cliente de los importes del Plan. Conforme al Artículo 9.1 b), en los planes pagos no se cobra un RNC sin emisiones en el mes.
Artículo 14 — Propiedad intelectual
14.1. Del Servicio.
Avero, su software, sus marcas, diseños, documentación y componentes son propiedad de GAERTEC o de sus licenciantes y están protegidos por la legislación aplicable. Estos Términos no transfieren al Cliente ningún derecho sobre el Servicio, más allá de la licencia del Artículo 4.
14.2. De los datos del Cliente.
Los Datos del Cliente y de sus Contribuyentes, incluidos sus comprobantes, son y seguirán siendo del Cliente. GAERTEC los trata únicamente para prestar el Servicio, para cumplir la ley y conforme a la Política de Privacidad.
14.3. Sugerencias.
Si el Cliente envía sugerencias o comentarios sobre el Servicio, GAERTEC puede usarlos libremente para mejorarlo, sin obligación alguna, siempre que no incluyan información confidencial del Cliente.
14.4. Datos agregados.
GAERTEC puede usar métricas técnicas agregadas y anonimizadas de uso del Servicio (por ejemplo, volúmenes y tiempos de respuesta) para operarlo y mejorarlo, siempre que no identifiquen al Cliente, a sus Contribuyentes ni a ninguna persona.
Artículo 15 — Confidencialidad
15.1. Cada parte mantendrá la confidencialidad de la información no pública de la otra a la que acceda con motivo de la relación (incluidos los Datos del Cliente, las credenciales y la documentación técnica no publicada), y no la divulgará a terceros, salvo a su personal y proveedores que necesiten conocerla y estén sujetos a obligaciones equivalentes, o cuando exista una obligación legal o un requerimiento de autoridad competente. En este último caso, y si la ley lo permite, avisará a la otra parte.
15.2. No es confidencial la información que sea pública sin culpa de quien la recibe, que este ya conociera legítimamente o que reciba de un tercero sin obligación de confidencialidad.
15.3. Esta obligación subsiste durante cinco (5) años después de terminado el contrato, y por tiempo indefinido respecto de los Datos del Cliente y las credenciales.
Artículo 16 — Limitación de responsabilidad
16.1. Exclusión de daños indirectos.
En la máxima medida permitida por la ley, ninguna de las partes responderá ante la otra por daños indirectos, incidentales o consecuentes, ni por lucro cesante. GAERTEC tampoco responderá por la pérdida de datos imputable al Cliente ni por las sanciones o contingencias tributarias derivadas del contenido de los comprobantes (Artículo 5).
16.2. Tope.
La responsabilidad total de GAERTEC frente al Cliente, por cualquier concepto, se limita al mayor de estos dos montos: (a) lo que el Cliente haya pagado efectivamente por el Servicio durante los doce (12) meses anteriores al hecho que originó el reclamo; o (b) cien dólares de los Estados Unidos (US$100). El monto del literal (b) es el que se aplica a las Cuentas del plan Dev.
16.3. Excepciones.
Las limitaciones de este Artículo no se aplican en caso de dolo o culpa grave, a la obligación del Cliente de pagar los importes adeudados, ni a los casos en que la ley no permita limitar la responsabilidad.
16.4. Causas ajenas.
GAERTEC no responde por las fallas atribuibles a la DGII u otras autoridades, a las entidades de certificación, a los proveedores de conectividad del Cliente, al software de un Integrador o al uso indebido de las credenciales por el Cliente o sus Usuarios.
Artículo 17 — Indemnidad
El Cliente mantendrá indemne a GAERTEC frente a reclamaciones de terceros, incluidas las de la DGII, los Clientes Finales y los compradores, que se deriven del contenido de los comprobantes, de la emisión sin autorización del Contribuyente, del incumplimiento del Artículo 7.8 o del tratamiento de datos personales sin base legal por parte del Cliente. Esta indemnidad no aplica en la medida en que la reclamación se deba a dolo o culpa de GAERTEC.
Artículo 18 — Fuerza mayor e indisponibilidad de la DGII
18.1. Fuerza mayor.
Ninguna parte responde por un incumplimiento debido a causas fuera de su control razonable (fuerza mayor o caso fortuito), como desastres naturales, cortes de energía o de telecomunicaciones, ataques informáticos a gran escala, actos de autoridad o interrupciones de servicios de terceros. Esta causa no excusa las obligaciones de pago.
18.2. Dependencia de la DGII.
El funcionamiento de Avero depende de los servicios de la DGII (recepción, autenticación, directorio y validación). Si esos servicios no están disponibles, están degradados o tienen demoras, la transmisión, la aprobación o la validación de los comprobantes puede retrasarse o interrumpirse, sin que ello sea atribuible a GAERTEC.
18.3. Contingencia.
En esos casos se aplican los mecanismos de contingencia de la normativa de facturación electrónica, y GAERTEC procurará reanudar la transmisión cuando se restablezcan los servicios de la DGII.
Artículo 19 — Modificaciones de estos Términos
19.1. GAERTEC puede modificar estos Términos para reflejar mejoras del Servicio o cambios en la normativa.
19.2. Los cambios se notificarán al Cliente por correo electrónico, a la dirección registrada en la Cuenta, con al menos quince (15) días de antelación a su entrada en vigor, indicando el número de versión y, de forma resumida, qué cambia. También se publicarán en el sitio. Cuando un cambio lo imponga la ley o una autoridad con un plazo menor, se aplicará ese plazo.
19.3. Si el Cliente no está de acuerdo con los cambios, puede terminar el contrato antes de que entren en vigor, sin penalidad y con el procedimiento de salida del Artículo 13.7. Si continúa usando el Servicio después de esa fecha, el portal le pedirá aceptar la nueva versión (Artículo 3.4), y el uso continuado con esa aceptación constituye la aceptación de los Términos modificados.
Artículo 20 — Notificaciones
20.1. Al Cliente.
Las notificaciones de GAERTEC se envían al correo electrónico del Usuario administrador registrado en la Cuenta y, cuando corresponda, se muestran en el portal. Se consideran recibidas el día hábil siguiente a su envío, salvo que se reciba un aviso de entrega fallida.
20.2. A GAERTEC.
Las notificaciones formales del Cliente (terminación, reclamaciones o incumplimientos) deben enviarse a [email protected] con el asunto "Notificación formal". GAERTEC acusará recibo.
20.3. Cada parte debe mantener actualizado su correo de notificaciones.
Artículo 21 — Clientes que sean consumidores
Avero es un servicio dirigido a empresas y profesionales (B2B). Si un Cliente fuera considerado consumidor o usuario conforme a la Ley núm. 358-05 de protección de los derechos del consumidor o usuario, nada en estos Términos limita ni excluye los derechos que esa ley le reconoce como irrenunciables, y las cláusulas que se opongan a ellos no se le aplicarán.
Artículo 22 — Ley aplicable y jurisdicción
22.1. Estos Términos se rigen por las leyes de la República Dominicana.
22.2. Las partes procurarán resolver de buena fe cualquier controversia en un plazo de treinta (30) días desde que una de ellas la notifique a la otra. Si no se resuelve, se someterá a los tribunales competentes de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, salvo que la ley imponga otra jurisdicción a un Cliente que sea consumidor (Artículo 21).
Artículo 23 — Disposiciones generales
23.1. Acuerdo completo.
Estos Términos, la Política de Privacidad, los Anexos A y B y, en su caso, las condiciones particulares pactadas por escrito para el plan Escala forman el acuerdo completo entre las partes. Si hay conflicto, prevalecen las condiciones particulares, luego los anexos y después estos Términos.
23.2. Divisibilidad.
Si alguna cláusula fuera nula, las demás siguen vigentes, y la cláusula nula se sustituirá por otra válida lo más cercana posible a su finalidad.
23.3. Cesión.
El Cliente no puede ceder el contrato sin el consentimiento escrito de GAERTEC. GAERTEC puede cederlo a un sucesor en caso de fusión, adquisición o transferencia del negocio, avisando al Cliente.
23.4. No renuncia.
Que una parte no ejerza un derecho no implica que renuncie a él.
23.5. Idioma.
Estos Términos se redactan en español, que prevalece sobre cualquier traducción.
Anexos
Los siguientes anexos forman parte de estos Términos y se publican junto con ellos:
- Anexo A — Acuerdo de Tratamiento de Datos. Se aplica a todos los Clientes (Artículos 7.8.6 y 11.3).
- Anexo B — Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA) del plan Escala. Se aplica solo a los Clientes del plan Escala que firmen las condiciones particulares de nivel de servicio (Artículo 12.4).
Contacto
GAERTEC, SRL · RNC 133600161 · Santo Domingo, República Dominicana
Correo: [email protected]
Teléfono: +1 849 806 5752