Anexo B de los Términos y Condiciones de Uso — Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA) del plan Escala
Versión: 1.0
Fecha de vigencia: 23 de octubre de 2026
Última actualización: 23 de octubre de 2026
Este Anexo forma parte de los Términos y Condiciones de Uso de Avero (los "Términos"). Los términos con mayúscula inicial que no se definen aquí tienen el significado que les dan los Términos.
1. Ámbito
1.1. Este Anexo establece el marco general del acuerdo de nivel de servicio (el "SLA") del plan Escala. Solo se aplica a los Clientes del plan Escala que hayan firmado con GAERTEC condiciones particulares de nivel de servicio (las "Condiciones Particulares").
1.2. El porcentaje de disponibilidad comprometido, el período de medición, la escala de créditos y su tope se pactan por escrito con cada Cliente en sus Condiciones Particulares
Si el Cliente del plan Escala no las ha firmado, no tiene SLA ni derecho a créditos.
1.3. Los demás Planes no incluyen SLA (Artículo 12 de los Términos).
1.4. Si hay conflicto entre este Anexo y las Condiciones Particulares, prevalecen las Condiciones Particulares.
2. Definiciones
- Servicio Cubierto: la API de emisión de Avero en ambiente de producción, salvo que las Condiciones Particulares incluyan otros componentes.
- Indisponibilidad: el período en que el Servicio Cubierto no puede recibir ni procesar solicitudes de emisión válidas, según la medición de GAERTEC, por causas que no estén excluidas en la sección 3.
- Disponibilidad: el porcentaje del período de medición en el que el Servicio Cubierto no estuvo en Indisponibilidad, calculado como se indique en las Condiciones Particulares.
- Mantenimiento Programado: las intervenciones anunciadas por GAERTEC con la antelación que indiquen las Condiciones Particulares o, a falta de plazo pactado, con antelación razonable.
- Mantenimiento de Emergencia: las intervenciones urgentes necesarias para corregir una vulnerabilidad, un incidente de seguridad o una falla grave.
- Crédito: el descuento sobre facturas futuras del plan Escala que corresponde cuando la Disponibilidad es inferior a la comprometida, según la escala de las Condiciones Particulares.
3. Exclusiones
No se considera Indisponibilidad, y no se computa para calcular la Disponibilidad, la que se deba a:
- Mantenimiento Programado o Mantenimiento de Emergencia;
- fallas, interrupciones, lentitud, cambios o requerimientos de la DGII o de sus sistemas, incluida la recepción, la validación y la emisión de acuses, así como el uso de los mecanismos de contingencia que prevea la DGII;
- fallas de las entidades de certificación o certificados vencidos, revocados o mal cargados;
- fuerza mayor o caso fortuito, conforme al Artículo 18 de los Términos;
- causas atribuibles al Cliente, a sus Usuarios, a sus Clientes Finales o a su software, incluidos el envío de solicitudes inválidas, el exceso de los límites técnicos, las fallas de su conectividad y el uso indebido de las credenciales;
- la suspensión del Servicio conforme a los Términos, incluida la suspensión por falta de pago;
- fallas generales de internet o de proveedores de conectividad ajenos al control razonable de GAERTEC;
- el uso de funciones identificadas como beta, de prueba o del ambiente de certificación (TesteCF).
4. Cómo reclamar los Créditos
4.1. Para recibir un Crédito, el Cliente debe pedirlo por escrito a [email protected] dentro del plazo que indiquen las Condiciones Particulares o, a falta de plazo pactado, dentro de los treinta (30) días siguientes al fin del período de medición afectado.
4.2. La solicitud debe indicar el período afectado, las fechas y horas aproximadas de la Indisponibilidad y, si las tiene, las evidencias, como identificadores de solicitudes y mensajes de error.
4.3. GAERTEC revisará la solicitud con sus registros y comunicará su resultado al Cliente. Si procede, el Crédito se aplicará en la siguiente factura del plan Escala.
4.4. Los Créditos no son canjeables por dinero, no son transferibles y solo se aplican si el Cliente está al día en sus pagos. Si el contrato termina, los Créditos pendientes de aplicar se extinguen, salvo que las Condiciones Particulares dispongan otra cosa.
5. Créditos como único remedio
Los Créditos son la única y exclusiva compensación del Cliente por no alcanzar los niveles de servicio comprometidos, salvo en caso de dolo o culpa grave de GAERTEC o en los casos en que la ley no permita limitar la responsabilidad. El total de Créditos de un período de medición no puede superar el tope que fijen las Condiciones Particulares.
6. Relación con los Términos
En todo lo que no regulan este Anexo ni las Condiciones Particulares, se aplican los Términos, incluidas la limitación de responsabilidad (Artículo 16) y la fuerza mayor (Artículo 18). Los objetivos de recuperación descritos en la Política de Contingencia no forman parte del SLA, salvo que las Condiciones Particulares los incluyan expresamente.
Contacto
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